Código de Conducta para proveedores del grupo DPDHL

El Grupo Deutsche Post DHL (DPDHL) es la compañía líder mundial en el sector de la logística. El Grupo conecta a las personas y los mercados, y es un facilitador del comercio mundial. Aspira a ser la opción preferida de los clientes, empleados e inversores en todo el mundo. El Grupo Deutsche Post DHL opera bajo dos grandes marcas: DHL ofrece una amplia gama de servicios de paquetería y de envíos exprés internacionales, transporte de carga y servicios de gestión de la cadena de suministro, así como soluciones logísticas de e-commerce. Deutsche Post es el principal proveedor de servicios postales y de paquetería de Europa. El Grupo contribuye al mundo adoptando medidas para minimizar su huella medioambiental, para ofrecer un entorno laboral seguro, integrador y motivador, ayudar a las comunidades en las que opera y para aplicar unas prácticas de negocio de confianza, transparentes y de conformidad con las prácticas comerciales.
Somos plenamente conscientes de nuestras responsabilidades derivadas de nuestra actividad. Por ello, nos hemos impuesto un estricto conjunto de normas éticas que nos guíen en nuestras relaciones comerciales. Esperamos de todos nuestros proveedores, incluyendo a las subcontratas, es decir, todas las compañías que hacen negocios con cualquier empresa o división del Grupo DPDHL, que cumplan estas mismas normas éticas. Por este motivo, el Grupo DPDHL ha redactado el presente Código de Conducta para Proveedores (SCoC), que establece los estándares mínimos para hacer negocios con cualquier empresa o unidad de negocio del Grupo


LEYES Y NORMAS ÉTICAS

El proveedor debe cumplir con todas las leyes aplicables a su negocio. El proveedor debe apoyar los principios del Pacto Mundial de Naciones Unidas, la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU, los Principios Rectores de la ONU sobre las Empresas y los Derechos Humanos, las Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales, así como la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo sobre los Principios y Derechos Fundamentales del Trabajo de 1998; todo ello de conformidad con las leyes y prácticas nacionales. Esto se aplica especialmente a:

DERECHOS HUMANOS Y PRÁCTICAS LABORALES JUSTAS

• TRABAJO INFANTIL

El proveedor no empleará a niños que no cumplan la edad legal mínima para trabajar en ningún país o jurisdicción local. El proveedor deberá respetar como edad mínima para trabajar los 15 años, incluso donde la legislación local permita emplear a niños más jóvenes. Los trabajadores menores de 18 años realizarán únicamente tareas cumpliendo conlos requisitos legales del país en que estén empleados (por ejemplo, en relación con la jornada laboral y las condiciones de trabajo), y con sujeción a cualquier requisito existente en materia de instrucción o formación.

• TRABAJO FORZADO

El proveedor no se servirá de ninguna modalidad de trabajo forzado, en condiciones de servidumbre,

involuntario, ni de ninguna forma moderna de esclavitud. Todo trabajo debe ser voluntario. Los trabajadores deben poder mantener el control de sus documentos de identidad (por ejemplo, pasaportes, permisos de trabajo o cualquier otro documento legal personal). El proveedor debe garantizar que los trabajadores no abonan importes, ni efectúan ningún tipo de pago para poder obtener el empleo o durante el proceso de contratación o el propio período de empleo. El proveedor es responsable del pago de todos los importes y gastos (por ejemplo, licencias y gravámenes) relacionados con los trabajadores, cuando sea legalmente requerido. Está prohibido aplicar castigos, coacción psicológica y/o física, así como cualquier otra forma de tráfico de seres humanos. Las políticas y los procedimientos disciplinarios deben estar definidos con claridad y deben ser comunicados a los trabajadores. 

• REMUNERACIÓN Y JORNADA LABORAL

El proveedor deberá cumplir todas las leyes nacionales aplicables y los estándares obligatorios del sector en materia de jornada laboral, incluyendo las horas extras, los descansos y las vacaciones remuneradas. El proveedor compensará a sus trabajadores de acuerdo con la legislación nacional sobre el salario mínimo y los términos de los convenios colectivos pertinentes, así como en cumplimiento de los estándares del sector. El proveedor deberá pagar puntualmente a los trabajadores y explicar claramente la base sobre la que están siendo remunerados (es decir, facilitar la documentación laboral en un lenguaje que estos entiendan). No se permiten deducciones de los salarios como medida disciplinaria, si no está legalmente permitido.

• LIBERTAD DE ASOCIACIÓN Y NEGOCIACIÓN COLECTIVA

Los empleados del proveedor deben tener libertad para afiliarse a un sindicato y/u optar a un órgano de  representación de los trabajadores de su elección, libres de amenazas o intimidación. El proveedor reconoce y respeta el derecho de negociación colectiva conforme a la legislación nacional en vigor.

• DIVERSIDAD E INCLUSIÓN

El proveedor deberá promover un entorno laboral integrador que valore la diversidad de sus empleados.
El proveedor debe comprometerse a ofrecer igualdad de oportunidades y no discriminarni tolerar ninguna forma de discriminación o acoso por motivos de género, origen étnico, nacionalidad, raza, color, religión, edad, discapacidad, orientación e identidad sexual, o cualquier otra característica protegida por la ley SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL. Esperamos de nuestros proveedores que se esfuercen por implementar las normas de seguridad e higiene laboral a un alto nivel, aplicando un enfoque de gestión de seguridad y salud apropiado a su negocio.El proveedor debe cumplir con las disposiciones de seguridad y salud aplicables y proporcionar un entorno de trabajo seguro y que promueva la buena salud (p.ej., con agua potable), con el fin de proteger la seguridad y la salud de los empleados, salvaguardar a terceros y prevenir accidentes, lesiones y enfermedades relacionadas con el trabajo. Esto incluye la realización de evaluaciones de riesgos periódicas en el lugar de trabajo y la aplicación de un adecuado control de peligros y medidas de prevención, incluyendo la distribución de equipos de protección individual (EPI) adecuados. Los empleados deben ser formados e instruidos adecuadamente en materia de salud y seguridad en un idioma que entiendan.


PROTECCIÓN DE DATOS, SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN

El proveedor debe cumplir las leyes de protección de datos vigentes, incluyendo la seguridad de datos personales, así como los respectivos reglamentos como el RGPD, especialmente en lo que se refiere a los datos personales de los clientes, consumidores, empleados y accionistas. El proveedor debe cumplir todos los requisitos descritos cuando los datos personales sean recopilados, grabados, guardados, procesados, transmitidos, utilizados o borrados.Los requisitos de seguridad de la información aplicables a los proveedores respecto a cualquier dato que les haya sido encomendado durante y después de su colaboración con el Grupo DPDHL, se basan en estándares internacionales como el Código de prácticas de gestión de seguridad de la información. Los proveedores deberían ser conscientes de la necesidad de proteger la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información. El nivel requerido de seguridad y control de la información que deberán asegurar los proveedores será, en todo momento, el correspondiente a la sensibilidad, el valor y la relevancia de la información que se procesa a lo largo del ciclo de vida de dicha información.
El proveedor debe salvaguardar y hacer un uso estrictamente apropiado de la información confidencial. El proveedor cumplirá todos los requisitos contractuales sobre protección de datos y seguridad de la información, y no revelará ninguna información que no sea de conocimiento público.


SOBORNO Y CORRUPCIÓN

El proveedor debe cumplir todas las leyes y reglamentos anticorrupción nacionales e internacionales aplicables. El proveedor no ofrecerá, proveerá, ni aceptará (directa, ni indirectamente) nada de valor con el objeto de influir indebidamente sobre una actuación o para asegurarse una ventaja indebida con el fin de obtener o mantener un negocio. Esto incluye los denominados pagos de facilitación u otros favores otorgados a funcionarios públicos por gestiones rutinarias no discrecionales.

NORMATIVA EN MATERIA DE COMERCIO

El proveedor debe cumplir todas las leyes y normativas pertinentes en materia de control de exportaciones, sanciones y aduanas, incluyendo las prohibiciones y restricciones («leyes comerciales»). El proveedor deberá asegurar especialmente que el propio proveedor, su(s) propietario(s) beneficiario(s), todos sus agentes y otras subcontratas a las que recurra el proveedor, no figuren en ninguna de las listas de sanciones aplicables para entidades rechazadas.

BLANQUEO DE CAPITALES Y REGISTROS FINANCIEROS

El proveedor deberá cumplir las correspondientes leyes y reglamentos destinados a combatir las actividades de blanqueo de capitales. El proveedor debe conservar registros e informes financieros de acuerdo con las leyes y reglamentos aplicables.

COMPETENCIA LIBRE

El proveedor deberá cumplir las leyes pertinentes en materia de competencia y antimonopolio.

CONFLICTOS DE INTERÉS

Un conflicto de interés es cualquier interés personal o financiero, cualquier actividad o relación de negocio o personal, empleo anterior o actual, o bien cualquier obligación que pueda interferir en la capacidad de desempeñar con objetividad las obligaciones y responsabilidades del trabajo, o menoscabar la independencia y la objetividad. Tales situaciones de conflicto de interés incluyen relaciones críticas, tales como una relación de consanguinidad o matrimonial, una asociación o una participación o inversión en socios de negocios o en la competencia. El proveedor debe revelar de inmediato cualquier conflicto de interés real o potencial, en relación con sus actividades con el Grupo DPDHL.

MEDIO AMBIENTE

El proveedor debe cumplir todas las leyes, reglamentos y estándares medioambientales vigentes, e implementar un sistema efectivo para identificar y eliminar peligros amenazas potenciales para el medio ambiente.Esperamos que nuestros proveedores se esfuercen en contribuir a los compromisos contraídos por el Grupo DPDHL en materia de protección del medio ambiente y del clima con los productos y servicios que ofrecen, que deberán prestarsede manera eficiente, teniendo en cuenta su impacto medioambiental.El Grupo DPDHL también espera que sus proveedores presenten, i los datos relevantes sobre protección medioambiental y del clima, cuando DPDHL se lo requiera. Asimismo, esperamos que nuestros proveedores tengan en cuenta la protección del medio ambiente y del clima en sus propias operaciones, por ejemplo, estableciendo y cumpliendo objetivos de protección del clima.

MINERALES CONFLICTIVOS

El proveedor debe cumplir todas las leyes aplicables y las obligaciones de diligencia debida resultantes respecto a la obtención de minerales y materiales de regiones afectadas por conflictos y zonas de alto riesgo que pudiera contribuir a la comisión de abusos de los derechos humanos, corrupción, la financiación de grupos armados u otros efectos negativos similares.

PROMOCIÓN DE LAS COMUNIDADES

El Grupo DPDHL anima a sus proveedores a que colaboren consus comunidades locales y participen en iniciativas y actividades que reflejen los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU.

PLANIFICACIÓN DE LA CONTINUIDAD DEL NEGOCIO

El proveedor debe estar preparado para cualquier contingencia en su actividad (por ejemplo, desastres naturales, terrorismo, interrupciones de la cadena de suministro, brotes de enfermedades infecciosas como epidemias o pandemias, problemas de seguridad informática, ciberataques). Esta preparación incluirá planes de continuidad de negocio que protejan tanto a los empleados como el entorno, de los efectos de posibles interrupciones graves que pudieran surgir en el ámbito de las operaciones.

DIÁLOGO CON LOS SOCIOS COMERCIALES

El proveedor implementará estándares equivalentes, por ejemplo, en materia de ética, a los establecidos en el presente Código de Conducta para Proveedores, frente a sus propios proveedores, en el marco del cumplimiento de sus propias obligaciones contractuales.

RESPETO Y DEBER DE CUIDADO

Todos los proveedores deberán actuar e interactuar con respeto y de buena fe, con los empleados del Grupo DPDHL. Los proveedores dedicarán la atención debida al uso de la propiedad y los equipos que les han sido encomendados,tratándolos como si fueran propios. Todos los proveedores serán especialmente cuidadosos al hacer uso de elementos o materiales que lleven la marca registrada o el distintivo del Grupo DPDHL, ya que cualquiera de sus acciones o actividades puede asociarse con el Grupo DPDHL. Deberá evitarse cualquier uso no autorizado de materiales o equipamiento con dicha marca o distintivo. La simple mera apariencia de actuación inapropiada se considerará un uso indebido de materiales o equipamiento con la marca o el distintivo del Grupo DPDHL.

CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA PARA PROVEEDORES

El Grupo DPDHL se reserva el derecho de verificar el cumplimiento de los requisitos del presente Código, por ejemplo, a través de autoevaluaciones y auditoríasya sean realizadas por el Grupo DPDHL o por terceros. El proveedor debe esforzarse en lograr mejora continua, mediante la fijación de objetivos cuantificables en relación al medio ambiente, las condiciones laborales o la diversidad, y comunicación de los avances en materia de sostenibilidad, entre otros. Si se detecta una infracción, el proveedor deberá redactar un informe de la incidencia y presentar un plan de medidascorrectivas.Los términos y condiciones del presente Código de Conducta para Proveedores reflejan los valores del Grupo DPDHL y el compromiso hacia sus clientes, las comunidades a las que sirve y la protección del medio ambiente. Por tanto, cualquier infracción de estos términos y condiciones deberá ser subsanada. Sin perjuicio de cualquier otro recurso contractual que pueda corresponder a DPDHL, si no se soluciona de inmediato la infracción, el Grupo DPDHL considerará la terminación de la relación comercial.

COMUNICACIÓN DE IRREGULARIDADES

El Grupo DPDHL invita a toda persona que desee comunicar cualquier contravención de los términos de este Código, a escribir un e-mail a [email protected]. En caso de que desee comunicar una sospecha de contravención de la ley, podrá contactar con la dirección de Cumplimiento del Grupo DPDHL a través de https://www.dpdhl.com/en/about-us/code-of-conduct/compliancemanagement/compliance-contact.html

MEJORA CONTINUA

Animamos al proveedor a que se dirija de manera proactiva al Grupo DPDHL con ideas innovadoras que contribuyan a seguir mejorando el entorno social, económico o medioambiental. El Grupo DPDHL valora el intercambio franco de nuevas ideas y desea explorar nuevas oportunidades en cooperación con sus proveedores.
Contacto
¿Quieres más información?
Síguenos en:
La Driver app está disponible en:
App Store
AppStore
Google play
GooglePlay

DigiHaul | Todos los derechos reservados, 2024.
Código de conducta
Política de privacidad